Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del
Grupo Parlamentario del PRD
La
suscrita, diputada Roxana Luna Porquillo, en nombre propio y de los diputados
del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, integrante de
esta LXII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 65 y 77 del Reglamento de la Cámara de
Diputados, somete a consideración del pleno, la iniciativa con proyecto de
decreto por el que se reforma y adiciona el primer párrafo del artículo 3o. de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la fracción VII del
mismo artículo, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Los
jóvenes representan en 2010, cerca de la quinta parte de la población total del
país y su peso relativo es de aproximadamente 20.3 por ciento. Actualmente
existen cuatro millones de jóvenes entre los 16 y 23 años que se encuentran
excluidos de la educación media superior y superior. La política educativa
aplicada hasta ahora, ha cerrado las puertas a la educación de millones de
jóvenes. Les ha arrebatado la esperanza. Esta política es de verdadero
“juvenicidio”. México ha llegado a más de 11 millones de migrantes en
2011.Decenas de jóvenes migrantes son encontrados en fosas comunes asesinados
por el narcotráfico. Según la UNAM, de los más de 16 millones de jóvenes en el
país en edad de trabajar, millón y medio no encuentran empleo. De cada diez
egresados universitarios, sólo siete encontrarán trabajo. El actual gobierno
habla de una cobertura del 33 por ciento, en educación; esto es insuficiente y
se requiere llegar al 40 por ciento.
La
Auditoría Superior de la Federación (ASF) reveló en el informe de la Cuenta
Pública de 2010, que será hasta 2043, cuando se alcanzará la cobertura
universal de la enseñanza media superior, lo que implica un retraso de 22 años
respecto a lo que ordena la reforma constitucional. Es evidente que esta
legislatura debe tomar cartas en el asunto y vigilar que el precepto
constitucional aprobado se cumpla.
Existe
una diferenciación entre la enseñanza media superior que se imparte en las
universidades públicas estatales. En las Universidades de Guadalajara, de
Guerrero, de Sinaloa y del Estado de México, las preparatorias tienen un peso
fundamental en la matrícula universitaria.
Sólo
10 por ciento de los matriculados en el sistema educativo nacional llega al
nivel superior. Entre 1980 y 1995 la matrícula de educación superior bajo
control público creció 49 por ciento y la privada 177.3 por ciento. En 1995, 77
por ciento de la matrícula de las instituciones de educación superior se
ubicaba en el sector público y 23 por ciento en el privado (ANUIES, 1996).
Según
los datos de la SEP, de 1990 a 2000, la Universidad de Guadalajara creció 156
mil alumnos, la Universidad Autónoma de Guerrero pasó a 70 mil 500, la
Universidad de Michoacán pasó a 53 mil 500 estudiantes. Las universidades de
Sinaloa, la veracruzana y la del estado de México crecieron muy poco.
El
caso emblemático lo es la Universidad Autónoma de Puebla que pasó de 94 mil
estudiantes a 43 mil en 10 años, reduciendo su matrícula en 51 mil estudiantes,
¡más de la mitad!. La matrícula en preparatoria pasó de 23 mil 244 en 1990 a 9
mil 769 en 2000, reduciendo en ese lapso en 13 mil 475 estudiantes, también
¡más de la mitad!.Al 16 de marzo de 2012, el rector informa de 64 mil
estudiantes de la UAP. En 12 años, la UAP, que dejó de ser “benemérita”,
incrementó su matrícula en 10 mil estudiantes. A este ritmo de crecimiento,
alcanzará el nivel de población de que tenía en 1990, que era de 91 mil
estudiantes, hasta el año 2040.
A
raíz de la aplicación de una política de austeridad en el gasto público,
resultado de la devaluación del peso mexicano y de la crisis económica, se
acentuaron algunos rasgos de privatización. El Estado mexicano definía el Plan
Nacional de Desarrollo de la educación superior (PNDES) y constituía el Conacyt
y el Sistema Nacional de Investigadores, entre otros mecanismos, que hasta la
fecha deciden el rumbo de la investigación científica que realizan las
universidades autónomas.
Así,
surgen el Programa Nacional de Educación Superior (Pronaes) y el Programa
Integral de Educación Superior (Proides). Ahora, la SEP decide la asignación,
partida por partida, puesto por puesto, proyecto por proyecto y departamento
por departamento, en las universidades autónomas.
El
Proides recomendó que las instituciones de educación superior la eliminación
gradual del pase automático,y que implementa topes de
admisión por carreras
(páginas 20-28).
Por
su parte el Proides impulsó... “que las instituciones de educación superior de
más de 30 mil alumnos en licenciatura detengan su crecimiento, que las que
tengan una matrícula ente 10 y 30 mil fijen límite de crecimiento y aquellas
con menos de 10 mil aumenten su población; los tecnológicos con una matrícula
de más de 10 mil estudiantes detengan su crecimiento y los de menos de 5 mil la
aumenten”. Finalmente propone la necesidad de establecer criterios y normas
para la creación y funcionamiento de las universidades privadas (página28).
El
promedio de gasto por alumno en los países de la OCDE en 1993 fue de 5 mil 500
dólares. México sólo gasta 960 dólares por alumno. El subsidio público federal
a la educación superior, como proporción del PIB, ha disminuido, hasta alcanzar
en 1989 el 0.41 por ciento. Entre 1988 y 2003, el gasto por alumno de las
universidades públicas de los estados (UPE) aumentó sólo el 4.1 por ciento.
En
México, la asignación de recursos dividido entre la matrícula total, es muy
variable. Así, universidades como la de Yucatán que cuenta en 2003 con 11 mil
estudiantes, el más alto gasto por alumno asciende a 67 mil 331, La Universidad
de Guadalajara que cuenta con 103 mil estudiantes para ese año, solo gasta por
alumno 33 mil pesos. La Universidad Autónoma de Puebla, con 40 mil 462
estudiantes gastaba por alumno en 2003, 38 mil pesos. Esto expresa plenamente
el desorden con que se desarrolla la educación superior nacional.
En
cuanto a la distribución del gasto educativo entre el gobierno federal y las
entidades federativas, los gobiernos de los estados de Coahuila, estado de
México, Sonora, Veracruz, Quintana Roo, Jalisco, Baja California, asignan el 50
por ciento del subsidio público a sus universidades. Otros gobiernos como el de
Puebla sólo asigna el 28 por ciento y algunos como el de Yucatán el 15 por
ciento. Esto expresa la diversidad de criterios en torno al apoyo a la educación
superior.
El
sistema universitario público de educación superior, se compone de
universidades públicas federales (UPF); universidades públicas estatales (UPE);
universidades tecnológicas (UT); universidades públicas estatales con apoyo
solidario (UPEAS) y otras instituciones.
El
subsidio federal está integrado por tres grandes componentes: el ordinario, el
extraordinario y el asociado a la ampliación de la oferta educativa. Los montos
de los fondos federales extraordinarios, son negociados directamente por cada
institución, en esta Cámara de Diputados, con los gobernadores y con el
gobierno federal.
En
el Presupuesto de Egresos de la Federación viene contenido el Fondo para
ampliar y diversificar la Oferta Educativa en Educación Superior. Los proyectos
son presentados por las instituciones y evaluados por la SEP. Así, en 2012,
este fondo se distribuyó de tal manera que sólo siete universidades estatales
absorbieron 55.12 por ciento del total del monto.
Reforma
publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de marzo de 1993, excluyó
de la educación que imparte el Estado a la educación media superior y a la
superior.
Desgraciadamente,
esto se tradujo en el incremento de salario y prestaciones de funcionarios. En
algunas universidades se aprobaron sueldos vitalicios a los ex rectores. A su
vez, implicó el despido del personal de carrera y el incremento de la
contratación de personal por tiempo determinado y por hora-clase, en detrimento
del nivel académico de profesores e investigadores y por tanto de la enseñanza.
El
Estado mexicano imparte la educación superior en instituciones públicas
estatales y federales, en universidades politécnicas, interculturales,
Institutos tecnológicos, y la Universidad Pedagógica Nacional y a través de las
universidades autónomas; además realiza la investigación científica a través de
las universidades y de los institutos de investigación del sector público.
El
paso dado por la anterior legislatura y que enérgica y firmemente logró
recuperar a la educación media superior como un nivel de educación que otorga
el estado y que es gratuita, recupera esos principios. Toca ahora a los
integrantes de esta LXII Legislatura recuperar a la educación superior que
imparte el Estado desde las instituciones estatales y autónomas, como instituciones
públicas y gratuitas, como lo establecía la reforma constitucional de 1945.
Esta nos lleva en consecuencia a enunciar de nueva cuenta en el texto de la
Constitución que toda la educación que imparta el Estado es gratuita .
Por
lo expuesto, someto a consideración del pleno el siguiente proyecto de decreto
de reforma y adición al artículo 3o. de la Constitución.
Decreto por el que se reforma y adiciona el
primer párrafo del artículo 3o. y la fracción VII del
mismo artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforma y adiciona el primer párrafo del
artículo 3o y la fracción VII del mismo Artículo, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo
3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación,
estados, distrito federal y municipios– impartirá educación preescolar,
primaria, secundaria, media superior y superior. La
educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta
y la media superior serán obligatorias.
...
VII. Las universidades y las demás instituciones
de educación superior a las que la ley otorgue autonomía y reciban
recursos del Estado, asumirán el carácter de educación pública y gratuita y tendrán la facultad y la
responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar,
investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este
artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y
discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los
términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y
administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal
académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123
de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la
Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo
especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e
investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En el Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal de 2013, se tomará en cuenta para la asignación de
presupuesto a las universidades públicas, lo previsto en el presente decreto.
Dado en el salón
legislativo de San Lázaro, a 4 de octubre de 2012.
Diputada Roxana Luna Porquillo (rúbrica)
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