Asamblea ejidatarios en defensa de la tierra
Feliz Navidad y Año Nuevo 2013

Hemos abierto una página especial para que los compañeros miembros de ADN en Puebla, expresen sus puntos de vista sobre nuestro BLOG y además compartan sus propuestas políticas para el desarrollo de nuestra organización, así como para conocer su opinión sobre la situación económica, social, cultural y política del estado de Puebla y del país.

jueves, 21 de febrero de 2013

Un Solo mundo, voces multiples: comunicación e información en nuestro tiempo; 1980

http://unesdoc.unesco.org/images/0004/000400/040066sb.pdf


Consulte www. Siclapueblanoticias.blogspot.mx
Www.livestream.siclatv

LA LIBRE PRODUCCIÓN, ACCESO Y APROPIACIÓN COMO UN DERECHO HUMANO

COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN:
LA LIBRE PRODUCCIÓN,
ACCESO Y APROPIACIÓN
COMO UN DERECHO HUMANO
Cosette Castro*
RECIBIDO: 10 de diciembre de 2010
ACEPTADO: 30 de diciembre de 2010
CORREO ELECTRÓNICO: cosettecastro@hotmail.com
* Doctora en Periodismo y Comunicación por la Universidad Autónoma de Barcelona. Es profesora del Programa de Posgrado en Comunicación de la Universidad Católica de Brasilia (UCB). Coordina el Grupo de Investigación en Contenidos Digitales y Convergencia Tecnológica de la Sociedad Brasileña de Estudios Interdisciplinares en Comunicación (INTERCOM) y el Grupo de Trabajo sobre Contenidos Digitales del Programa eLaC, de la Sociedad de la Información para América Latina y Caribe.
PALABRAS CLAVE | Derecho a la información, derecho a la comunicación, acceso libre. KEYWORDS | Information Right, Right to Communicate, Free Access.
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page201image1448
page201image1720
RESUMEN
El artículo insiste en la importancia de los derechos a la información y a la comunicación como derechos humanos fundamentales. Sostiene que todas las personas tienen derecho a un acceso libre y gratuito a la información y el conocimiento. Sin embargo, con el tránsito hacia los nuevos medios digitales estos derechos fundamentales se amplían y ahora las audiencias también tienen la posibilidad de acceder y producir contenidos audiovisuales digitales a través de múltiples plataformas como la televisión digital, los teléfonos celulares y los videojuegos en red. El artículo concluye con una reflexión sobre el papel y la transformación de las Ciencias de la Comunicación y de la Información en estas nuevas posibilidades que ofrecen las TICs.
ABSTRACT
Both right to information and right to communicate, are central human rights for assuring the access of citizens to information and knowledge. In the current digital context, these human rights are expansive since audiences have the possibility not just to access but to produce audiovisual contents through diverse platforms, such as digital television, cellular phones and videogames. The article concludes with a reflection on the effects that digital revolution has on the Communication Studies too.
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
192
INTRODUCCIÓN
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page202image1912
page202image2184
En este artículo reiteramos la relevancia del derecho a la comunicación y la información como un derecho humano, pues creemos que todas las personas tienen derecho al acceso libre y gratuito al conocimiento y a poder recibir e intercambiar informaciones diversas diariamente, de forma que estas informaciones colaboren con el desarrollo social. Desde esta óptica, consideramos que tanto el acceso a la información como la posibilidad de producción de contenidos digitalizados son esenciales para que los públicos puedan ejercitar el derecho a la información y la comunicación, y que deben estar disponibles al público de manera gratuita y universal.
Según el investigador de Sevilla, España, Vicente Romano,1 los conceptos de información y libertad siempre caminaron lado a lado, pues no es posible pensar en la democracia sin que los ciudadanos se informen y puedan formar su propia opinión sobre los hechos. De lo contrario, no puede haber democracia participativa y no existe apropiación de los sujetos sociales de los procesos de información,2 comunicación y construcción del conocimiento. Por lo tanto, en este artículo la libre información es comprendida en su sentido más amplio. No sólo es vista como libre expresión sino, sobre todo, como acceso libre, abierto y gratuito a la información y el conocimiento, necesario para el desarrollo individual y colectivo, considerando la libertad de información como uno de los derechos fundamentales de mujeres y hombres.
La idea no es nueva. En la pauta de las discusiones políticas, económicas, sociales y culturales desde finales de la década de los años cuarenta del siglo XX, el derecho a la información y el derecho a la libertad de expresión aparecen en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Dicho artículo asegura que "todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, lo que implica el derecho de no ser molestado por sus opiniones y el de buscar, recibir y difundir, sin consideración de fronteras, informaciones e ideas por cualquier forma de expresión".
Este es un abordaje que consideramos restrictivo. En la actualidad, más allá del acceso a la información y del derecho de expresarse, también es necesario asegurar a todos los segmentos de la población el derecho de actuar como productores y/o divulgadores de contenidos, para colaborar en la formación de pensamiento crítico sobre los medios, así como contribuyendo para ofrecer otros puntos de vista sobre un mismo acontecimiento o hecho social.
1 En "Europa, Fin-de-siècle: pensamiento y cultura". Acceso al documento en enero de 2005 y consultado en mayo de 2009. Disponible en: www.ucm.es/info/eurotheo
2 En términos generales, se entiende "información" como la transmisión de conocimientos y saber sobre hechos y relaciones entre los seres humanos o entre grupos sociales. En un sentido más estricto, puede ser entendida como la transmisión de nuevos hechos, de noticias.
193
page202image25832
page202image26104
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page203image1472
El investigador Osvaldo León (2002)3 afirma que el derecho a la comunicación pasó a ser de todas las personas a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, desde los años cincuenta del siglo XX. La parte más actual del derecho a la comunicación es analizada como "una concepción global (...) que incorpora de manera peculiar los nuevos derechos relacionados con los cambios en el escenario de la comunicación y un enfoque más interactivo de la comunicación, en el cual los actores sociales son activos". Como la autora de este artículo, el investigador español cree que el derecho a la comunicación pasa por la producción de contenidos por parte de actores sociales, aun cuando no sea de forma directa a través de la producción de medios audiovisuales digitales. Lo anterior también es compartido por los pensadores fundadores de la Escuela Latinoamericana de Comunicación, como Antonio Pasquali (Venezuela), Mario Kaplún (Uruguay), Juan Bordenave (Paraguay), Paulo Freire (Brasil) y Luis Ramiro Beltrán (Bolivia), entre otros. Desde los años sesenta del siglo XX, estos investigadores insistieron en la necesidad de democratizar la comunicación y posibilitar el libre y abierto acceso a la información, sea ésta periodística, de ficción o científica, a través de artículos, libros y palestras.
La idea del derecho a la información como un derecho humano aparece a principios de los años ochenta del siglo XX en los postulados del Nuevo Orden Mundial de la Información y la Comunicación (NOMIC), nombre asignado por el Informe McBride a la propuesta presentada ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco). El estudio desarrollado por intelectuales de América Latina exponía estrategias para los países de la región, entre las cuales se encontraba crear Políticas Nacionales de Comunicación (PNC)4 y desarrollar, precisamente, un Nuevo Orden Mundial para la Información y la Comunicación, a partir de la perspectiva de la democratización de la comunicación, lo cual ayudaría a disminuir el prejuicio informacional y comunicacional existente en la época entre países del Norte y el Sur.
A casi 30 años del lanzamiento del NOMIC, las doce recomendaciones del proyecto5 aún siguen pendientes, pero otras propuestas –también basadas en el NOMIC– buscan adaptarse a aquella propuesta original. Por ello, se trabaja para que las tecnologías de la comunicación y la información (TICs) y los medios digitales encuentren una sociedad más justa y democrática, donde los actores sociales puedan tener acceso y participar activamente del proceso de comunicación.
Una de estas propuestas es el concepto de un Nuevo Orden Tecnológico. Desarrollado por Barbosa Filho y Castro en 2005, parte de una mirada transdisciplinar6 y se refiere a la posibilidad de los actores sociales para que se apropien de la información y el conocimiento a través de diferentes plataformas digitales –como la televisión digital, la Internet mediada por ordenador, los videojuegos en red, los teléfonos celulares, entre otras–, así como la posibilidad
3
4 Las PNC pueden entenderse como un conjunto de principios y normas que orientan el sistema comunicacional de un país, que engloba la totalidad de la comunicación masiva y no masiva de una nación. Pero el término Políticas de Comunicación no se restringe sólo a las acciones que los gobiernos realizan en esta área, sino también las iniciativas de los movimientos sociales y/o empresariales que constituyen el sistema de comunicación social vigente en un país.
5 Véase Un solo mundo, muchas voces, resultado del Informe McBride.
6 La transdisciplinariedad es abordada aquí como el diálogo entre las ciencias, como lo hace Jesús Martín- Barbero y Edgar Morin. Para más detalles sobre la transdisciplinariedad, véase la Carta de mismo nombre publicada en 1994 por varios investigadores, entre ellos el filósofo francés Edgar Morin. Disponible en: http://www.filosofia.org/cod/c1994tra.htm
194
page203image32648
page203image32920
Consultado el 20 de mayo de 2009. Disponible en: http://www.dhnet.org.br/w3/fsmrn/fsm2002/osvaldo1_midia.html
page203image34104
page203image34376
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page204image1448
de que produzcan contenidos audiovisuales digitales.7 A partir del acceso, uso y apropiación de las TICs y de diferentes plataformas tecnológicas, es posible visualizar nuevas miradas sobre los acontecimientos, así como la existencia de un flujo más amplio de comunicación e información.
Más que una apología a las tecnologías y a la convergencia digital, el concepto de Nuevo Orden Tecnológico propone el reconocimiento de las fragilidades en la utilización de las tecnologías para un desarrollo social equitativo –como el riesgo de ampliar la brecha digital en caso de que el proyecto no funcione– y, también, de las ventajas de utilizar las TICs: la posibilidad de acceso libre, abierto y gratuito a todos los tipos de información, la posibilidad de apropiación universal del conocimiento, la libre producción de contenidos digitales y el uso de los procesos interactivos y convergentes.
Pero sobre todo, el concepto reconoce que el mundo, desde el surgimiento de la red mundial de ordenadores en los años noventa del siglo XX, sufre de una amplia y rápida transformación en los campos de la economía, la política, la cultura, la educación, el conocimiento y las relaciones sociales; por lo tanto, se propone estudiar y pensar alternativas sobre el tema. Con tales transformaciones en camino, los actores sociales necesitan tener iguales oportunidades de apropiarse de estas tecnologías a través de proyectos de alfabetización e inclusión digital, de generación del conocimiento, empleo e innovación tecnológica, como ya ocurre con el Sistema Brasileño de Televisión Digital (SBTVD).8
La convergencia tecnológica es mucho más que la confluencia entre aparatos y sistemas. La convergencia debe ser un aspecto importante a ser evaluado, pues programas y sistemas convergentes9 permiten lecturas distintas en diferentes países, independientemente de lenguajes o culturas, pues permite que no se repitan absurdos tecnológicos, como ocurrió con las videocaseteras. La convergencia mediática digital implica un cambio tecnológico profundo que, por ejemplo, en la economía, deberá transformar la relación del modelo de negocios en el campo de la comunicación. Lo anterior porque la convergencia también trata del cruce entre contenidos audiovisuales digitales para su distribución en diferentes plataformas (televisión digital, teléfonos celulares, videojuegos en red, ordenadores y convergencia entre los medios digitales), lo que exige estrategias distintas de producción audiovisual, la creación de nuevas formas audiovisuales, la ampliación de las fronteras entre los géneros hasta ahora conocidos y las nuevas formas de pensar la comunicación, incluida la publicidad.
Tales cambios también modificarán las relaciones entre los campos de la producción y la recepción y, como consecuencia, transformará la relación de las audiencias con los medios digitales. Dichas audiencias podrán desarrollar una relación de interactividad (o de pro-actividad) con los productores de programas, pasando del papel de receptores a productores (o coproductores) de contenidos audiovisuales y ofertando materiales digitales a través de diferentes plataformas como teléfonos celulares, televisión digital, videojuegos en red, ordenadores mediados por Internet y, en breve, radio digital. Es decir, la comunicación que en la era de los medios analógicos (la única que conocíamos hasta finales del siglo XX) era unidireccional, ahora es bidireccional o dialógica.
7 Sobre el tema, leer artículos publicados entre 2005 e 2008, así como el libro Comunicación digital: educación, tecnología y nuevos comportamientos, (editorial Paulinas, 2008).
8 Véanse los trabajos realizados por Barbosa Filho y Castro (2005, 2005a y 2005b). 9 Conocido como interoperabilidad.
195
page204image29440
page204image29712
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page205image1448
La interactividad así entendida se refiere a la posibilidad de participación popular desde los teléfonos celulares, los videojuegos en red, los ordenadores mediados por Internet y la televisión digital utilizada como forma de retorno. O bien, como explican Barbosa Filho y Castro (2008: 232), es la relación que se establece entre el campo de la producción y el de la recepción, donde las audiencias interactúan en diferentes niveles con los productores y/o editores de contenidos audiovisuales desarrollados para diferentes plataformas tecnológicas. La noción de interactividad encuentra ejemplos prácticos en el uso de la Internet mediada por ordenadores, la cual se expande a otras plataformas y revoluciona las formas de pensar y desarrollar contenidos para la televisión digital y los teléfonos móviles. En el caso de los videojuegos en red, los proyectos participativos y de creación compartida encuentran puntos de referencia en casos como Matrix, donde las historias escritas por fans,10 conocidas como fanfics,11 sirven de colaboración para la creación de nuevas historias, enredos y personajes, aumentando y dando más profundidad al mundo de Matrix.
PRODUCIR Y ACCEDER
Pasamos ahora a una segunda etapa de consideraciones en este artículo. El libre acceso, abierto y gratuito a la información es observado a partir de dos aspectos: el de la producción de contenidos audiovisuales (sea ésta periodística, de ficción o científica) y el almacenamiento de informaciones, ya que no tiene sentido producir contenidos audiovisuales si no existe (uno o más) proyectos para clasificar y archivar de forma abierta, libre y transparente tales informaciones.
Una de las grandes ventajas de los nuevos medios digitales es la posibilidad de producción colectiva y compartida de contenidos audiovisuales digitales, actividad que, en tiempos de los medios analógicos y de materiales impresos, se restringía a los profesionales del campo de la comunicación. Por otro lado, durante la transición a los medios digitales, los contenidos serán producidos por todos los interesados en dar a conocer su punto de vista sobre diferentes acontecimientos. Estos contenidos, inicialmente tímidos, ahora llegan a las redacciones de noticiarios y periódicos vía correo electrónico, fotos y/o videos; están disponibles en páginas web, blogs, fotoblogs, videoblogs o a través de mensajes vía MSN o teléfono móvil.
En la época de los medios analógicos y unidireccionales,12 esta producción se restringía a las empresas de comunicación pequeñas o grandes, como es el caso de los conglomerados nacionales (Organizações Globo) o internacionales (Grupo Prisa de España). Con base en este panorama concentrador, desde los años ochenta del siglo XX la producción de comunicación alternativa13 se transformó en la respuesta (aunque potencialmente desigual) de las
10 Aproximadamente 5 mil fans participaron en la construcción colectiva y gratuita de diferentes elementos y partes del videojuego.
11 Los fanfics (del inglés fan fiction, ficción de fan) son textos construidos por fans de determinada historia o personaje. En los fanfics, los fans construyen nuevas historias, continúan donde el autor se detuvo y desarrollan nuevos enredos y personajes para la historia original.
12 El flujo de información era de un solo lado: se emitía del campo de la producción para ser recibido en la casa de las audiencias.
13 No existe un consenso sobre el tema. En los años ochenta del siglo XX, al estudiar la comunicación popular, la investigadora Regina Festa dio a conocer más de 50 nombres para designar la comunicación hecha por la comunidad.
196
page205image29864
page205image30136
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page206image1448
comunidades y movimientos sociales frente a las empresas, a través de proyectos de comunicación que han utilizado páginas de Internet, radio, televisión comunitaria, periódicos y revistas alternativas (impresas u online) para dar a conocer otra versión de los hechos y para demostrar que "otro mundo es posible". Más recientemente, algunas comunidades y grupos sociales consiguieron espacio y visibilidad a través del estímulo al periodismo Open Source, nombre que en inglés se le da al periodismo colaborativo, sin mencionar la televisión digital, cuya implantación debe llegar a todas las capitales de Brasil hasta mediados de 2011.
197
page206image6808
En el campo de la producción de contenidos digitales, el escenario de no participación y unidireccionalidad cambia radicalmente con la llegada y el desarrollo de las tecnologías de la comunicación y la información. Por un lado, estos cambios significan:
  1. La posibilidad de que las comunidades, movimientos sociales y grupos organizados produzcan contenidos audiovisuales digitales gratuitos, en código abierto para dejarlos disponibles bajo licencia creative common en las diferentes plataformas tecnológicas.
  2. La posibilidad de construir colectivamente conocimiento a través de proyectos como Wikipedia o participar de comunidades como Orkut o Facebook.
  3. La posibilidad de desarrollar proyectos conjuntos y transdisciplinarios entre diferentes ciencias.
  4. La posibilidad de almacenar contenidos y dejarlos disponibles gratuitamente, sin restricciones, en diferentes plataformas digitales.
    Por otro lado, significa importantes cambios en la forma de pensar las Ciencias de la
Comunicación y las Ciencias de la Información (y su siempre necesaria aproximación) como, por ejemplo:
1. La conciencia de que las actividades profesionales están sufriendo transformaciones radicales en la era de las tecnologías digitales, pues ya se esfumó el tiempo en el cual la producción audiovisual se restringía al campo de la comunicación, así como las informaciones accesible y/o disponible sólo a los profesionales de las Ciencias de la Información.
2. La necesidad de cambiar drásticamente los cursos de licenciatura y desarrollar programas de posgrado transdisciplinares, que dialoguen con las diferentes ciencias y disciplinas.
  1. La necesidad de repensar el campo de estudio de la comunicación y su profesionalidad, así como las posibilidades de archivamiento de la información científica con base en acceso libre, considerando que el conocimiento debe estar disponible a todos los individuos de forma pública y gratuita, sin barreras financieras, técnicas o legales para lectores y bibliotecas.
  2. La existencia de una oferta de archivos abiertos a lectores y bibliotecas, permitiendo el acceso a revistas académicas, disminuyendo el costo de producciones y posibilitando una mayor visibilidad de estos contenidos científicos digitales.
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page207image1440
  1. La disponibilidad de resultados de investigaciones en archivos libres, abiertos y gratuitos, lo que garantizaría un incremento en la lectura, divulgación y multiplicación de estas informaciones.
  2. La disponibilidad de archivos abiertos en diferentes plataformas tecnológicas de forma convergente e interactiva que amplíe las posibilidades de utilización, circulación y apropiación de estas informaciones.
  3. Finalmente (pero no en último lugar), el aumento de la oferta de materiales producidos en portugués en otras lenguas, como el inglés o el español, para hacer del conocimiento mundial el trabajo e investigaciones hechas en países de habla portuguesa.
    Cuando se piensa en el acceso libre y gratuito a la información y la comunicación como
un derecho humano, también incluye democratizar la disponibilidad de estas informaciones para que no se encuentren restringidas a códigos cerrados o no disponibles a los diferentes públicos. Es importante recordar que el manifiesto Budapest Open Access Initiative (2002) enfatiza el acceso libre a la oferta gratuita de trabajos científicos, así como la posibilidad de leer, descargar, copiar e imprimir libre de barreras financieras, legales o técnicas.
Pero en este tema no existe una unanimidad de opiniones. Al contrario, la cuestión del acceso libre a la información científica genera mucha discusión entre investigadores, editores, bibliotecarios, autores y lectores. Conceptualmente, es necesario esclarecer las diferencias entre acceso libre y archivos abiertos. El acceso libre, como comentamos anteriormente, es la posibilidad de acceder y utilizar informaciones de forma abierta y gratuita.
Un ejemplo de proyecto con acceso libre es la Biblioteca Digital Brasileira (BDB), desarrollada por el Instituto Brasileiro de Información, Ciencia y Tecnología (IBICT), la cual tiene a disposición en un único portal diversos repositorios de información digital. Aún más: el Instituto posee otros dos proyectos relacionados con el acceso libre a la información: la Biblioteca Digital de Tesis y Disertaciones (BDTD) y el Sistema de Publicación Electrónica de Tesis y Disertaciones (TEDE). Según la Public Library of Science (2006), a partir del acceso libre
los autores y los detentadores de los derechos de autor garantizan para todos los usuarios el derecho del acceso libre, irrevocable, mundial y perpetuo, así como la licencia de copiar, utilizar, distribuir, transmitir y exhibir trabajos derivados de este derecho, en cualquier medio digital para cualquier propósito responsable con su propia autoría, así como el derecho de hacer un pequeño número de copias impresas para utilización personal.
En Brasil, el acceso libre a la información en el campo científico apareció en dos manifiestos importantes. El primero data de 2005 y es conocido como el Manifiesto brasileiro de apoyo al acceso libre a la información científica; el segundo es la Declaración de Florianópolis, la cual fue divulgada en 2006, aunque de forma restringida a la comunidad académica. La Declaración de Florianópolis brinda su apoyo al movimiento mundial de la comunidad científica
198
page207image25672
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page208image1456
a favor del acceso libre a la literatura de investigación cualificada, desde el momento en que es revisada por pares.
Los archivos abiertos, de acuerdo con Crow (2002), son repositorios14 gratuitos que permiten acceder, recolectar, preservar y diseminar gran parte del conocimiento científico, aumentando la visibilidad de las investigaciones.
Sin embargo, es posible apuntar un recelo que se repite tanto en el área de la comunicación como de la información, respetando las peculiaridades de cada área.
APROXIMACIÓN ENTRE LAS CIENCIAS
En el campo de la comunicación, por ejemplo, existe el miedo de que los contenidos audiovisuales digitales producidos por actores sociales no-técnicos podrían reducir la calidad de las informaciones disponibles en el mundo virtual, ya sea presentada a través de Internet mediada por ordenadores, televisión digital, teléfonos móviles, videojuegos o proyectos de convergencia tecnológica. En la ciencia de la información, el recelo sobre la calidad de los contenidos científicos digitales disponibles a través de archivos libres también se repite. De cualquier forma, lo que se observa en el caso de los contenidos audiovisuales digitales, sean éstos periodísticos o de entretenimiento, es que dichos materiales se multiplicaron, ofreciendo visibilidad y reflectores a la diversidad cultural de nuestros pueblos. Pero no siempre poseen la calidad deseada, lo que propicia que los demás interesados en el tema no busquen otros espacios virtuales para informarse.
Otro punto prioritario entre las dos ciencias es la oferta de materiales digitales abiertos y gratuitos con credibilidad, sin la cual ningún contenido, sea informativo, de ficción o científico podría sobrevivir. En este caso, la solución comienza a ser encontrada a través de la mediación periodística y la verificación de contenidos a través del periodismo colaborativo u Open Source, así como de la oferta de contenidos científicos a través de instituciones, revistas o periódicos científicos cuyo nombre "garantiza" la calidad de los trabajos que divulgan, dando legitimidad a los productos, artículos o investigaciones realizadas. Pero la garantía de la calidad en la publicación de archivos abiertos digitales, independientemente de su origen o propuesta, es la existencia de criterios claros para su publicación, así como la participación de la comunidad involucrada en el tema, ya sea como productora de contenidos o como audiencia-lectora.
La oferta de plataformas tecnológicas interoperables para la producción de contenidos audiovisuales digitales, así como la oferta de los archivos abiertos son requisitos esenciales para la democratización, acceso y apropiación pública de la información. Lo anterior porque, por una parte, las plataformas tecnológicas necesitan "dialogar" entre sí para que puedan ser comprendidas. Algo muy diferente ocurrió con el sistema DVD, por ejemplo, en el cual cada país desarrolló una plataforma impidiendo el uso y divulgación entre las naciones. En el área de la información, la exigencia es igual. Son necesarios los metadatos para que puedan "hablar" entre sí, ofreciendo patrones compatibles para su comprensión.
14 Repositorio es el nombre dado por la Open Archives Initiative (OAI) a los archivos de información almacenados a principios de los años noventa del siglo XX. Sobre el tema, consultar www.openarchives.org . Consultado en abril de 2009.
199
page208image27528
page208image27800
page208image28072
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page209image1488
PARA FINALIZAR...
Iniciamos este artículo hablando de la importancia de reconocer el derecho a la información y la comunicación como un derecho humano. Como se comentó anteriormente, es un derecho humano esencial para ampliar la inclusión social, la democracia, la formación de ciudadanos más críticos y la participación de los diferentes actores sociales, ya sea en la producción de contenidos audiovisuales digitales interactivos interoperables, ya en su archivamiento en código abierto, público y gratuito.
Estos contenidos pueden (y deben) ser desarrollados para diferentes plataformas tecnológicas, por Internet 3.0 o semántica,15 hoy utilizada en la mediación con Internet, disponibles apenas para 24 por ciento de los hogares brasileños (CGI, 2009). Por lo tanto, si Internet se multiplica a través de las plataformas tecnológicas, como la televisión digital abierta y gratuita, los teléfonos móviles y los videojuegos en red, podrá llegar a toda la población, independientemente de su edad, género, religión, nivel de educación o clase social.
Los contenidos pueden ser periodísticos, de ficción o científicos, pero en cualquiera de los casos, a partir de la utilización de las tecnologías digitales interactivas, cambia radicalmente la relación entre los públicos –lectores o audiencias– que podrán utilizar, apropiar y hasta producir contenidos para los nuevos medios, como la televisión digital, los teléfonos celulares, los videojuegos en red y, en un futuro breve, la radio digital.
También se modifica la relación de los profesionales que trabajan con el archivamiento de estos contenidos digitales, muchos de los cuales ya ofrecen interactividad, son bidireccionales (producción page209image14840recepción page209image15080producción) e invitan a la participación popular. En este sentido, así como los diferentes públicos podrán producir o tener acceso libre, los contenidos logran tener más visibilidad y circulan entre diferentes comunidades, siempre y cuando las búsquedas y su disponibilidad sean claras y accesibles a los diferentes públicos.
200
page209image17864
page209image18344
page209image18624
15 Nombre dado a la Web 3.0. La web semántica interconecta significados de palabras y tiene como finalidad dar sentido a los contenidos publicados en Internet, de modo que sea comprendido tanto por las personas como por la Internet mediada por diferentes plataformas, incluso los ordenadores de escritorio y portátiles.
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X
BIBLIOGRAFÍA
Comunicación e información: la libre producción, acceso y apropiación como un derecho humano
page210image1976
page210image2248
Barbosa Filho, André y Cosette Castro (2008). Comunicação Digital: educação, tecnologia e novos comportamentos. São Paulo, Paulinas.
Barbosa Filho, André, Cosette Castro y Takashi Tome, (2005). Mídias Digitais, Convergência Tecnológica e Inclusão Social. São Paulo, Paulinas.
Budapest Open Access Iniciative (2002). Consultado el 2 de mayo de 2009. Disponible en: www.soros.org/openaccess/read.shtml
Conselho Gestor de Internet (2009). Consultado el 6 de abril de 2009. Disponible en www.cgi.org.br
Crow, Raym (2002). The case for institutional repositories: a SPARC position paper. Consultado el 2 de abril de 2009. Disponible en: www.arl.org//sparc/IR
IBICT. Consultado el 2 de mayo de 2009. Disponible en www.ibict.br
León, Osvaldo (2002). Democratização das Comunicações e da Mídia - Foco e Amplitude. Consultado el 20 de mayo de 2005. Disponible en: http://www.dhnet.org.br/w3/fsmrn/fsm2002/osvaldo1_midia.html
Open Archives Initiative (OAI). Consultado el 4 de abril de 2009. Disponible en: www.openarchives.org
Revista Transinformação. Consultada el 4 de mayo de 2009. Disponible en http://extralibris.org/2009/02/revista-transinformao
Public Library of Sciences (2006). Open access definition. Consultado el 2 de abril de 2009. Disponible en: www.plos.org/about/openaccess.html
Romano, Vicente. (2002). Europa, Fin-de-siècle: pensamiento y cultura. Acceso en enero de 2005 y consultado el 2 de mayo de 2009. Disponible en: www.ucm.es/info/eurotheo
201
page210image14280
page210image14552
page210image14824
page210image15096
page210image15368
page210image15640
page210image15912
page210image16184
page210image16456
Derecho a Comunicar | Número 1 | Enero – Abril 2011 ISSN: 2007-137X 

El calderonismo hizo “pagos indebidos” a SNTE y profesores


El calderonismo hizo "pagos indebidos" a SNTE y profesores

Karina Avilés, Roberto Garduño y Enrique Méndez

■ Erogó $5 mil 661 millones para docentes de escuelas inexistentes y otros que no se localizaron en las aulas, así como para maestros comisionados a varias dependencias

El gobierno de Felipe Calderón realizó "pagos indebidos" al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), a maestros comisionados, docentes de escuelas inexistentes y maestros que no fueron localizados en sus escuelas, por un monto de 5 mil 661.7 millones de pesos, de acuerdo con los resultados de la cuenta pública 2011 de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

La entidad fiscalizadora advirtió además sobre la "existencia de una elevada proporción de docentes que no se localiza frente a grupo", y que en este ejercicio ascendió a 527 mil 303 maestros; esto es, 33 por ciento de la plantilla total.

Por otra parte, la ASF determinó que hay "recuperaciones probables" por 2 mil 766 millones 996 mil pesos del programa Habilidades Digitales para Todos, que operó en su momento Fernando González, yerno de la lideresa magisterial Elba Esther Gordillo y ex subsecretario de Educación Básica.

Esto, en razón de que en 11 estados no se acreditó el equipamiento y la conectividad de 5 mil 787 aulas telemáticas y tres entidades no comprobaron la aplicación del gasto por 797 millones 701 mil pesos.

En su informe sobre educación pública, la ASF reveló que se efectuaron "pagos indebidos al personal comisionado" del SNTE por mil 411 millones de pesos, que representan casi 10 por ciento del monto total a recuperar de los 14 mil 212.3 millones de pesos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, que es la principal bolsa de financiamiento del sistema de educación pública.

Además, se otorgaron prestaciones como "bonos, estímulos y compensaciones no reconocidas", a trabajadores de la educación por mil 123.8 millones de pesos.

Con estos recursos también se brindaron "apoyos" al SNTE por 582.8 millones de pesos, al margen del marco normativo. Incluso, se detectaron 584.3 millones de pesos correspondientes a conceptos "no financiables", como la remuneración a docentes que no fueron localizados durante "las visitas físicas en los centros de trabajo".

También se realizaron pagos por 135.4 millones de pesos a maestros "en centros de trabajo que no están incluidos en los catálogos de los servicios de educación básica" de los estados de Coahuila, Guerrero, Morelos, Nuevo León, Puebla, Sonora y Zacatecas. Se realizó un desembolso para mentores "con plazas no localizadas en los catálogos de puestos por 288.2 millones de pesos", y se entregaron 360.7 millones de pesos en compensaciones discrecionales a trabajadores, sin mediar lineamientos o comprobaciones que lo justifiquen.

A pesar de que este fondo es el apoyo fundamental que reciben los niños más pobres del país, ya que sólo en la enseñanza para escolares indígenas aportó 95 por ciento de los recursos destinados a este sector, se otorgaron a educadores que no forman parte del programa de carrera magisterial o se hicieron retribuciones superiores a los niveles autorizados por un total de 137.4 millones de pesos.

Del presupuesto educativo, el gobierno federal canalizó 136.2 millones de pesos a mentores "comisionados a otras dependencias" y entregó recursos por encima de los tabuladores a estos trabajadores, por 160.5 millones de pesos; realizó pagos a personal que se dio de baja o que tenía licencia sin goce de sueldo por 186.3 millones de pesos en 19 entidades, e hizo desembolsos indebidos para "personal adscrito a centros de trabajo AGS "comisionado al sindicato", por 192.7 millones de pesos" en 18 entidades.

Consulte www. Siclapueblanoticias.blogspot.mx

martes, 19 de febrero de 2013

Educación inicial. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Roxana Luna Porquillo, PRD



Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, diputada Roxana Luna Porquillo, integrante de esta LXII Legislatura del Congreso de la Unión, en nombre propio y de los diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 65 y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la fracción II del Apartado B, del artículo 2o., el primer párrafo y la fracción V del artículo 3o., el párrafo octavo del artículo 4o., la fracción I del artículo 31, la fracción XXV del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho de los niños y niñas, de pueblos indios y de educación inicial.
Exposición de Motivos
El artículo 3o. constitucional señala que “todo individuo tiene derecho a recibir educación”, que “El Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior”. Establece que la educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; y que esta y la media superior serán obligatorias. Además señala que promoverá la educación inicial y la educación superior.
Cuando hace mención de la educación inicial, aunque no la define, pero tiene su referente en el artículo 40 de la Ley General de Educación, que establece que “la educación inicial tiene como propósito favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de los menores de cuatro años de edad. Incluye orientación a padres de familia o tutores para la educación de sus hijas, hijos o pupilos”. Por tanto, la educación inicial comprenderá desde el nacimiento del niño y niña hasta los 4 años;
Por su parte, la Ley General de Educación en el artículo 9 “incluye a la educación inicial como una promoción y atención. En el artículo 12, fracción VIII, establece que es la federación la que debe “fijar los requisitos pedagógicos de los planes y programas de educación inicial que, en su caso, formulen los particulares”; el artículo 13 señala que:“corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas locales, en sus respectivas competencias, las atribuciones siguientes: I. Prestar los servicios de educación inicial, básica incluyendo la indígena, especial, así como la normal y demás para la formación de maestros”; en el artículo 16 las atribuciones relativas a la educación inicial, básica –incluyendo la indígena– y especial que los artículos 11, 13, 14 y demás señalan para las autoridades educativas locales en sus respectivas competencias corresponderán, en el Distrito Federal al gobierno de éste y a las entidades que, en su caso, establezca. En el artículo 39 dice, en el sistema educativo nacional queda comprendida la educación inicial, la educación especial y la educación para adultos.
En el caso de educación inicial y de preescolar deberán, además, contar con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación; contar con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad educativa determine; cumplir los requisitos a que alude la fracción VII del artículo 12; tomar las medidas a que se refiere el artículo 42; así como facilitar la inspección y vigilancia de las autoridades competentes.
Los elementos que contempla la Ley General de Educación en relación con la educación inicial, como puede observarse, carecen de criterios de carácter sicológico, pedagógico, social, cultural y económico, y no cuentan con elementos regulatorios que orienten sobre este nivel de enseñanza.
La razón de tal circunstancia, es obvia, el Estado no ha tomado en cuenta la educación inicial como una de sus preocupaciones, y lo ha dejado en manos de las madres. El Estado ha estado en manos básicamente de hombres que no se preocupan de la lactancia y de los cuidados de los bebés, y suponen que esto es un asunto solo de las mujeres, y no de los hombres del Estado.
Entonces, al parecer iniciamos un debate en la Cámara de Diputados sobre un nivel de educación que consideramos es fundamental en la vida del país y de la niñez mexicana. Si este es el caso, entonces pondremos a discusión los temas que consideramos fundamentales, aunque esto sea motivo de una gran discusión, que nos lleve al cuestionamiento de posturas fudamentalistas en México.
Según la SEP, “la educación inicial es el servicio educativo que se brinda a niñas y niños menores de seis años de edad, con el propósito de potencializar su desarrollo integral y armónico, en un ambiente rico en experiencias formativas, educativas y afectivas, lo que le permitirá adquirir habilidades, hábitos, valores, así como desarrollar su autonomía, creatividad y actitudes necesarias en su desempeño personal y social”.
La educación inicial es un derecho de las niñas y los niños; una oportunidad de las madres y los padres de familia para mejorar y enriquecer sus prácticas de crianza, y un compromiso del personal docente y de apoyo para cumplir con los propósitos planteados. Sin embargo, hasta ahora esta no ha sido una preocupación de la cual el estado debe ocuparse.
Actualmente la educación inicial es una realidad mundial, indispensable para garantizar el óptimo desarrollo de los niños y las niñas. La importancia que tienen los primeros años de vida en la formación del individuo, requiere que los agentes educativos que trabajan en favor de la niñez, cuenten con conocimientos, habilidades y actitudes adecuados para elevar la calidad del servicio que se ofrece.
Hasta ahora, la educación inicial es vista como un problema para las madres trabajadoras y de estas solo las registradas en el Instituto Mexicano del Seguro social (IMSS) a las cuales se les puede otorgar el servicio de guardería o estancia infantil para sus hijos e hijas, cuando estas estén laborando. Este concepto supone que las madres que no trabajan, deben cuidar a sus hijas e hijos, y que esto debe hacerse en el hogar, además de las otras labores domésticas que esto conlleva. Según este criterio, las labores domésticas no se consideran como parte de un trabajo.
La pobreza y grupos vulnerables 1
El combate a la pobreza debe comenzar desde el principio: con los recién nacidos y sus madres. En el hogar, completada con un componente de nutrición y de estimulación cognitiva. Todo programa que pretenda componer lo que no se hizo desde esa edad, son solo paliativos que terminan en medidas mediáticas sin un resultado efectivo.
El proceso de acumulación de capital humano no comienza el día que los niños entran a primer grado. Los niños menores de seis años en los países en desarrollo sufren privaciones (malnutrición, deficiencias de yodo y hierro, y estimulación cognitiva inadecuada), asociadas con la pobreza que repercuten en el largo plazo sobre su salud, educación y bienestar2 . Para cuando llegan a la escuela primaria, ya es muy tarde para actuar. Porque en los primeros años de vida, el cerebro se desarrolla rápidamente a través de una cadena de eventos biológicos complementarios. La falta de nutrientes y una pobre estimulación cognitiva pueden afectar el desarrollo del cerebro en el largo plazo, por ello, debemos prestar atención al desarrollo de los niños durante el período de 0 a 6años. Las inversiones en la primera infancia y la niñez son más costo-efectivas que las transferencias de ingreso en la adultez.
Así como hemos aprobado la pensión para los adultos mayores, debemos plantear una pensión para los recién nacidos, que obliguen a la madre al cumplimiento de visitas al médico para los niños, vacunación, etcétera. La leche y las despensas deben ser para los recién nacidos y los niños menores de seis años. Son complementos alimenticios que deben distribuirse para todos los niños y las niñas en escuelas completas que proporcionen alimentación, deporte, actividades artísticas y estimulación cognitiva que tienen como epicentro el hogar, para mejorar la interacción entre el niño y la madre mediante el juego, la locomoción, coordinación entre ojos y mano, audición y expresión oral, y de rendimiento cognitivo –por ejemplo, reconocimiento de figuras, con lo cual crecerá su coeficiente intelectual, capacidad de razonamiento o vocabulario.
El fatídico circulo vicioso, que condena a las generaciones de renuevo a nacer pobres, a sufrir los embates que erosiona sus capacidades y conocimientos, que se reflejan ante todo en un menguado desarrollo físico y mental, hecho que los condena a no poder adquirir las capacidades y aptitudes básicas que les permitan superar la pobreza durante su edad adulta y por lo tanto, no tendrán otra cosa para heredar a sus hijos, que no sea la misma condición de pobreza extrema en la que han vivido, por generaciones.
Así pues, la población infantil de nuestro país es vulnerable, básicamente por las condiciones sociales, culturales y económicas de su entorno familiar y social, lleno de carencias para iniciar su preparación para la vida. Y al único capital al que pueden aspirar es al que se compone de todo tipo de miserias maltrato, violencia y discriminación, por lo que su vida, sin duda, transcurrirá en un ambiente de constante riesgo.
La pobreza más que un estado personal es una situación cultural e histórica que se ha agudizado con la marginación, la discriminación y la exclusión.
Como decíamos, en México existen 10.5 millones de niños menores de cinco años. Estamos hablando de cerca del 10 por ciento de la población nacional.
Las comunidades con menos de 2 mil 500 habitantes, concentran a un cuarto de la población total del país, y en proporción, la población infantil tiene un peso mayor de la que se registra en el ámbito urbano.3
El Informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) de 2009, indica que 5.3 por ciento de los mexicanos viven en estado de pobreza; coloca a nuestro país en el lugar 23 entre 135 países en vías de desarrollo, y menciona que el 17.6 por ciento de los mexicanos subsisten con un ingreso de menos de 1.25 dólares al día. Sin embargo, en 2005 el mayor de los rezagos corresponde al ingreso de las personas; 45.3 por ciento de la población económicamente activa (PEC), no supera los dos salarios mínimos. Las situaciones más difíciles se encuentran en siete estados de la república: Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Yucatán, Tlaxcala, Hidalgo y Puebla, donde esta proporción rebasa 60 por ciento, mientras que otras ocho entidades: Veracruz, San Luis Potosí, Michoacán, Campeche, Zacatecas, Tabasco, Nayarit y Durango tienen rezagos entre 50 y 60 por ciento (Figura 2).
El índice de desarrollo humano (IDH) se compone de cuatro variables: esperanza de vida; tasa de alfabetización; tasa de matriculación escolar; y PIB per cápita. El IDH del 27 por ciento de los –aproximadamente– 2 mil 500 municipios en México, es similar al de países pobres de África, mientras que tres por ciento de otros municipios, tienen niveles equivalentes a países de Europa.
De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), se estima que en 2010, 21.4 millones de niños menores de 18 años se encontraban en situación de pobreza multidimensional, lo que equivale al 53.8 por ciento de este grupo poblacional. La pobreza multidimensional está definida como la situación de una persona cuando no tiene garantizado el ejercicio de al menos uno de sus derechos para el desarrollo social, y si sus ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades.
De los niños en pobreza multidimensional, 23.8 por ciento se encontraban en pobreza multidimensional extrema, es decir, estos niños pertenecen a hogares que, aun al hacer uso de todo su ingreso en la compra de alimentos, no puede adquirir lo indispensable para tener una nutrición adecuada y presentan al menos tres carencias sociales de las seis incluidas en el cálculo del Índice de privación social. Uno de cada seis niños (16.5 por ciento) son considerados “no pobres multidimensionales ni vulnerables por ingresos o por carencias”.
Las principales carencias sociales de los niños(as) en pobreza multidimensional son:
9.8 por ciento tenían rezago educativo;
29.8 por ciento no tenían acceso a los servicios de salud;
64 por ciento no tenían acceso a la seguridad social;
20.1 por ciento tenían carencia en la calidad y en los espacios en la vivienda;
19.8 por ciento no tenían acceso a los servicios básicos en la vivienda, y
29.5 por ciento no tenían acceso a la alimentación.
En México desde el 2001 se ha medido la pobreza:
Pobreza alimentaria es la incapacidad para obtener una canasta básica alimentaria. Equivale a un ingreso diario por persona de 15.4 pesos mexicanos, en áreas rurales y 20.9 pesos en áreas urbanas. (1.7 y 2.2 dólares diarios por persona).
Para 2001, uno de cada cinco hogares y 24.2 por ciento de las personas vivían por debajo de esta línea de pobreza y para 2005 estas cifras han variado en 15 y 18 por ciento respectivamente.
Pobreza de capacidades. Insuficiencia del ingreso disponible para adquirir el valor de la canasta alimentaria y efectuar los gastos necesarios en salud y educacio?n. Esto equivale a un ingreso diario por persona de $18.9 en a?reas rurales y $24.7 en a?reas urbanas (2.0 y 2.7 do?lares diarios por persona). Actualmente, 25.3 por ciento de los hogares y 31.9 por ciento de la población total, viven en pobreza de capacidades.
Pobreza de patrimonio. Es la insuficiencia del ingreso económico disponible para adquirir la canasta alimentaria, así como para realizar los gastos necesarios en salud, vestido, vivienda, transporte y educación. En este nivel fueron clasificadas todas las personas que viven con menos de 28.1 pesos en áreas rurales y 41.8 pesos en áreas urbanas, al día (3.0 y 4.5 dólares diarios por persona). Se calcula que 45.9 por ciento de los hogares y 53.7 por ciento de la población subsisten por debajo de esta línea de pobreza (Cuadro 1).
Numeralia
• En México hay 12.3 millones de personas con pobreza alimentaria.
• 11.3 millones son menores de 19 años (91.9 por ciento de los pobres).
• La pobreza rural es tres veces mayor que la urbana; 22 por ciento de los niños y 65 por ciento de los adultos mayores son pobres en áreas urbanas.
• En áreas rurales son pobres 50 por ciento de los niños y 80 por ciento de los adultos mayores.
• Chiapas, Oaxaca, Guerrero y Puebla son los estados más pobres; 30 por ciento de todos los pobres del país viven en estas entidades y contribuyen con 60 por ciento de la migración interna y con 80 por ciento de la externa.
• El 65 por ciento de los indígenas vive actualmente en áreas urbanas. La elevada desnutrición urbana se ve en los indígenas migrantes.
• La polaridad social es del orden de 1:4000 ricos versus pobres.
• El 75 por ciento de los jóvenes de 19 años ya no asiste a la escuela.
Las familias
En la actualidad las familias monoparentales constituyen 22 por ciento8 del total y esto ha hecho variar el paradigma de desintegración familiar, en el que en la actualidad proponemos para dicho calificativo, tres variables: que haya violencia intrafamiliar; una enfermedad crónica discapacitante con o sin adicciones disfuncionales.
Entre las familias monoparentales, 85 por ciento tiene al frente a una mujer. En México entre 35 y 40 por ciento de los hogares viven en condiciones de extrema pobreza; la mayoría los integran madre y padre y en 26.6 por ciento ha abandonado el hogar un miembro por motivos económicos y por causa de la migración. Existen en la actualidad 1.5 por ciento de hogares con adolescentes como jefes de familia y solamente 0.1 del total de los adolescentes vive solo y uno de cada diez trabaja y estudia.
En el 80 por ciento de los hogares monoparentales están al frente mujeres solteras y esta cifra sigue en ascenso, por abandono de la pareja en circunstancias de desintegración o bien por libre decisión de la mujer.
En México las mujeres tienen un ingreso 30 por ciento menor que los hombres y con empleos cada vez más precarios en cuanto a los servicios de salud y la seguridad social. El ingreso de las jefas de familia de 1992 a 2004 creció menos que el de los hombres.4
La edad, grado de escolaridad y tipo de actividad de la madre en situación de pobreza, no explican los problemas de salud y desnutrición de sus hijos, son mediaciones o variables que tienen un peso específico según las características, tipo y dinámica del hogar o unidad doméstica y estrategia de vida familiar. La unidad doméstica es un sistema de relaciones basado en la distinción por género y edad de sus integrantes.
En familias de bajos recursos se mantienen prácticas o costumbres socioculturales como la de un menor tiempo de amamantamiento de niñas que de niños, dejar a las niñas solas con el biberón y privilegiar la alimentación de los varones, esto es, darles de comer primero y o mejor.
La edad promedio de la madre es de 25 años y que tiene, por lo general, cuatro hijos los que se ven obligados a participar en las tareas de la casa, lo cual elimina la posibilidad de que los niños asistan a la escuela. La madre se hace cargo de todas las labores del hogar e involucra en ellas a sus hijos. Prevalece un concepto de la niñez como fuerza de trabajo; y son los varones quienes se valoran como potenciales trabajadores que han de mantener a los padres. El número de hijos es una manera de allegarse de la siempre necesaria mano de obra, la que es incorporada a la familia campesina y pobre por el camino que los lleva a procrear el mayor número de hijos posible.
Las estancias infantiles
Inicialmente, la Constitución General protegía a los hijos e hijas de las madres trabajadoras, obligando a los patrones a instalar guarderías, que otorgaban un servicio gratuito, posteriormente, estas fueron encomendadas al IMSS con la aportación de los empresarios, el Estado y las trabajadoras. Ahora, las estancias infantiles han sido concesionadas a particulares y las trabajadoras pagan el total del costo del servicio.
Algunos medios de comunicación han informado que en el país existen diez mil estancias infantiles concesionadas. “Sólo en julio de 2010, Protección Civil clausuró tres de esos changarros de Sedeso en Acapulco, por no cumplir con las “condiciones” para operar y encontrase en zonas de alto riesgo. En Ciudad Juárez, 13 albergues suspendieron servicios por extorsión, cuatro de ellos eran de Sedeso. En 2009 ya habían cerrado otras nueve y lo mismo puede decirse de varias casas de cuidado diario (centros comunitarios de atención infantil para mujeres trabajadoras sin acceso a seguridad social). En el Distrito Federal se diagnosticó que 35 por ciento (509) del total de los establecimientos (mil 437) se encontraban en condiciones de alto riesgo, mientras de 45 por ciento (655) se ignoraban sus condiciones de operación.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social 2010 (Inegi), las madres están al cuidado de 78.4 por ciento de ellos, mientras que las guarderías públicas atienden 2.6 por ciento y las privadas apenas a uno por ciento. Otra persona tenía responsabilidad sobre el 18 por ciento restante. Según la misma encuesta, pero para 2009, cerca de 1.4 millones de niños, cuyas madres trabajan son cuidados por sus abuelas. Hasta 91 por ciento de las abuelas no recibe ningún pago, y las que cuentan con él perciben menos de 600 pesos mensuales; 60 por ciento de los niños atendidos por ellas es menor de 3 años”.5
La iniciativa presentada por el PRD y PT para la Ley de Estancias Infantiles habla de “tutela y defensa de las niñas y niños. Paralelamente a la tutela de los derechos del menor, se busca apoyar a las mujeres y varones, para que puedan armonizar sus responsabilidades familiares con el trabajo (pero debe verse) como un derecho humano del que ante todo sean titulares los menores (...) que garanticen los derechos de las niñas y niños a la vida, a la integridad personal, a su dignidad, alimentación, salud, educación, sano esparcimiento y a su pleno desarrollo”.
La Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, iniciada por Felipe Calderón y decretada el 23 de octubre de 2011, establece en el artículo 9 que “niñas y niños tienen derecho a recibir los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de calidad, calidez, seguridad, protección y respeto a sus derechos, identidad e individualidad”. El artículo 14 a su vez señala que “la rectoría de los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil corresponde al Estado”.
Como es conocido por todos, esta ley fue concebida principalmente para promover los Centros de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y concesionarlos a particulares, a pesar de que contaba con las modalidades de pública, privada y mixta, que sirvieron como un medio de propaganda electoral y de beneficio a familiares y amigos de funcionarios, y que desgraciadamente tuvieron el conocido resultado de la tragedia de la guardería ABC, de Hermosillo, Sonora.
La Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes señala que “se fundamenta en el párrafo sexto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, (...) y tiene por objeto garantizar a niñas, niños y adolescentes la tutela y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en su artículo 3o. establece la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, tiene como objetivo asegurarles un desarrollo pleno e integral, lo que implica la oportunidad de formarse física, mental, emocional, social y moralmente en condiciones de igualdad” y establece los principios de “interés superior de la infancia, la no-discriminación, la igualdad, de vivir en familia, como espacio primordial de desarrollo, tener una vida libre de violencia, la corresponsabilidad de los miembros de la familia, Estado y sociedad y finalmente el de la tutela plena e igualitaria de los derechos humanos y de las garantías constitucionales”.
La primera discusión que hemos tenido en México es sobre la protección del estado a la vida desde la concepción, que han promovido la iglesia, el PRI y el PAN y que en años anteriores promovieron reformas constitucionales en las legislaturas de los estados en ese sentido y que implicó la penalización del aborto –en todos los casos– y que las involucradas que promovieran el aborto, en muchos casos incluyendo el que haya sido resultado de violación tumultuaria, fueran penalizadas. Muchas mujeres jóvenes, han sido penalizadas, encarceladas y obligadas a parir. Sin embargo, ni el estado, ni la iglesia, ha resuelto sobre la manutención de los y las recién nacidas y si este será solo responsabilidad de la madre, la cual, obviamente, en este caso, no fue la responsable del embarazo. La iglesia -promotora principal de esta legislación- y las fracciones parlamentarias del PRI y del PAN que la han apoyado no aclaran el asunto. Bien, es hora de que se responsabilicen de tal circunstancia y que asuman, que lo que votaron en su momento, deberá tener consecuencias. El Estado deberá hacerse cargo no solo de esos niños y niñas sino de todos y todas las niñas y niños de todo el país. Deberá sostenerlos y educarlos hasta que adquieran la edad madura.
El otro asunto se refiere a la deficiencia de la educación sexual de los jóvenes y la permanente negativa de la iglesia y de las corrientes conservadoras a introducir programas educativos sobre éstos temas. Esta negativa evita a las jóvenes blindarse de los peligros del embarazo prematuro. Ante tal circunstancia, de no impulsarse tales programas de protección preservativa, del uso público, amplio, obligatorio y gratuito del condón, tenderemos las consecuencias obvias de los embarazos de mujeres jóvenes adolescentes y de niñas.
Quien ha abordado el tema ampliamente es la UNICEF en el texto “La atención y educación de la primera infancia con calidad e inclusiva: de utopía a realidad”.
La atención y educación de la primera infancia, AEPI, debe ser vista como una necesidad para sentar las bases del desarrollo humano, así como para alcanzar mayores logros educativos a lo largo de la vida y una consecuente reducción de las desigualdades, la malnutrición y la mortalidad infantil. “Una buena atención y educación desde el nacimiento promovería resultados potencialmente más favorables, entre los que estarían la reducción de los porcentajes de repetición y deserción, agresión y violencia; y la socialización en general, para participar en el desarrollo de cada país en su sentido más amplio”, afirma un especialista de esta organización internacional.
En primer lugar, es fundamental desarrollar la idea de la obligación del Estado en materia de educación inicial. La atención de los niños en edad inicial nunca ha sido preocupación del estado ni de la mayoría de los estados del mundo. La UNESCO, tiene pocas observaciones al respecto, pero recomienda que el Estado debe preocuparse por los niños, menores de cuatro años, obligatoriamente.
Para la UNICEF la situación de la atención y educación de la primera infancia (AEPI) en América Latina y el Caribe, y, en particular, a la realidad de los grupos más vulnerables de niños y niñas en edades tempranas, debe enfatizar la necesidad de impulsar políticas activas de universalización de una educación inicial de buena calidad como una labor impostergable en el continente. La atención a los niños desde su primera infancia y la responsabilidad del estado desde su nacimiento, es una herramienta para frenar la transmisión de la pobreza, la cual se repite cíclicamente a través de las generaciones. Garantizar las condiciones de alimentación, salud, estabilidad psicológica, emocional, protección, ambiente social y familiar, cuidados para su formación física y mental, permiten un futuro seguro para la población futura de cualquier país. Los derechos de los niños a la supervivencia, el crecimiento y el desarrollo se ponen en peligro si es que existe la pobreza durante la primera infancia. Esta es una de las causas principales de las miles de muertes prevenibles y el fondo de la desnutrición, la ausencia a la escuela, la negligencia, la desprotección y los embarazos tempranos. Los lactantes pobres y desnutridos padecen infecciones de las vías respiratorias, diarreas, sarampión y otras enfermedades susceptibles de prevención, con mayores probabilidades y menos posibilidades de recibir atención de salud. Las niñas que nacen en la pobreza con mayor frecuencia mueren en su primera infancia.
El desarrollo del cerebro es influenciado por la calidad del ambiente, la deficiencia de hierro, las toxinas ambientales, el estrés y la falta de estimulación e interacción social y puede tener efectos cognitivos y emocionales duraderos.
La UNICEF agrega que “el desarrollo infantil temprano es un proceso continuo, no secuencial, que conjuga diversas dimensiones como la salud, la nutrición, que permiten a las niñas y niños potenciar sus capacidades y desarrollar competencias para la vida.
Tradicionalmente se ha concebido la educación para los niños y niñas pequeños como educación preescolar, la cual se relaciona con la preparación para la vida escolar y el ingreso a la educación básica. Hoy en día, existe consenso (...) en que la educación para los más pequeños va mas allá de la preparación para la escolaridad y debe proporcionar a niños y niñas experiencias significativas para su desarrollo presente.
La educación inicial debe brindar a los niños ambientes de interacción social seguros, sanos y de calidad, en donde todo niño o niña pueda encontrar las mejores posibilidades para el desarrollo de su potencial y en los cuales se reconozca el juego y la formación de la confianza básica como ejes fundamentales del desarrollo infantil (1).
¿En qué consiste la educación inicial?
Lo propio de la educación inicial es el cuidado y acompañamiento del crecimiento y desarrollo de los niños y niñas mediante la creación de ambientes de socialización seguros y sanos para que logren aprendizajes de calidad”6 . Así, se asume la educación inicial como un proceso continuo y permanente de interacciones y relaciones sociales de calidad, oportunas y pertinentes que posibilitan a los niños y las niñas potenciar sus capacidades y adquirir competencias para la vida, en función de un desarrollo pleno que propicie su constitución como sujetos de derechos.
Como se menciona en otros documentos de Unicef, los derechos de los niños son razones suficientes que justifican las inversiones en la primera infancia. Todos valoraremos la influencia de los primeros tres años en el resto de la vida del niño. Además, la suficiente atención en la primera infancia previenen futuras deficiencias en educación y problemas de salud e incapacidad.
La educación inicial no debe ser entendida solo como una educación escolarizada, esta vincula a los padres con los niños y niñas y su obligatoriedad y gratuidad debe entenderse en el cuidado y responsabilidad del Estado, garantizando su alimentación, su salud y su derecho a la socialización en su hábitat principalmente con sus padres y familiares. El Estado debe garantizar la educación inicial desde el hogar de los niños. Al mismo tiempo el padre y la madre debe contar con las condiciones de alimentación, salud, vivienda y capacitación que les permita proporcionar a los niños y niñas las mejores condiciones para su desarrollo inicial. En el periodo de lactancia, la madre deberá estar en óptimas condiciones para proporcionar a sus hijos e hijas la alimentación requerida.
El Estado deberá proporcionar todos los elementos necesarios a la familia, en forma gratuita, de acuerdo con los planes y programas de atención comunitario y escolarizado para la educación inicial, que se decidan. Los planteles en los que se imparta educación inicial deberán reunir las condiciones óptimas y contar con los materiales necesarios para proporcionar alimentación, salud y educación inicial a los niños, niñas y a los padres. Serán construidas de acuerdo con las necesidades ambientales, sociales y culturales propias de los niños y niñas y de acuerdo con su entorno cultural. Deberán contar con personal suficiente especializado, y docente, para una enseñanza de calidad.
En México, se decretó el 30 de abril 1924, como “Día del Niño”, cuando el general Álvaro Obregón era presidente de la República y José Vasconcelos ministro de Educación Pública, el mismo día en que la Liga de las Naciones Unidas, predecesora de la actual Organización de las Naciones Unidas (ONU), dio a conocer la primera declaración de los derechos del niño.
El Inegi nos proporciona una amplia información estadística sobre los niños, a saber:
Distribución porcentual de la población por grupos de edad y sexo 1990 y 2010
Datos censales de 2010 indican que en el país residen 32.5 millones de niños de 0 a 14 años de edad, en términos relativos representan 29 por ciento de la población total. El número de niños que se encuentran en la primera etapa (0 a 4 años) asciende a 10.5 millones, en tanto 22 millones se encuentran en edad escolar (5 a 14 años); en términos porcentuales cada conjunto representa 32.4 por ciento y 67.6 por ciento de la población menor de 15 años, respectivamente.
Registro de nacimiento
La Convención sobre los Derechos del Niño, vigente desde 1990 y ratificada por 191 países incluido México, plantea la necesidad de que el niño sea registrado inmediatamente después de su nacimiento para gozar del derecho a un nombre y nacionalidad. En 2010 se registraron 2.6 millones de personas, 79.4 por ciento fueron de niños con menos de un año de edad, es decir, uno de cada cinco registros fueron personas con un año o más de edad, condición que para muchas entidades del país se considera como registro extemporáneo.
Salud
El peso al nacer, predispone a los niños que nacen con un peso inferior a los 2 kilos 500 gramos a una mayor morbilidad y mortalidad.7, 8
De los nacidos vivos durante 2010 en México, 8.3 por ciento presentaron bajo peso al nacer, siendo el Distrito Federal la entidad con el mayor porcentaje (11.6 por ciento), seguido por el Estado de México y Yucatán (10.5 y 9.7 por ciento respectivamente); por otro lado, las menores proporciones se localizan en Baja California Sur, Colima (ambas con 5.1 por ciento) y Sonora con 5.4 por ciento.
Porcentaje de nacidos vivos con bajo peso al nacer por entidad federativa 2010
La macrosomía o los niños macrosómicos, que son aquellos que nacen con un peso superior a los 4 000 gramos, ligados principalmente a madres con diabetes.9, 10
En 2010 en México, 3 de cada 100 nacidos vivos son macrosómicos; observándose los porcentajes más altos en Sonora (7.5 por ciento), Baja California (7 por ciento) y Baja California
Durante 2009, la principal causa de hospitalización en los niños menores de 1 año son las afecciones originadas en el periodo perinatal (62.8 por ciento); para los niños de 1 a 4 años otras enfermedades del aparato respiratorio (24.3 por ciento) y en los niños de 5 a 14años las enfermedades de otras partes del aparato digestivo (15.8 por ciento en niños de 5 a 9 años y 17.4 por ciento en niños de 10 a 14 años).
Porcentaje de población de 0 a 14 años por principales causas de morbilidad hospitalaria para cada grupo de edad 2009
Durante 2010, del total de enfermedades de seguimiento en niños de 0 a 14 años, las infecciones respiratorias agudas concentran el porcentaje más alto 76.5 por ciento, seguido de las infecciones intestinales por otros organismos de las más definidas (11.4 por ciento).
Distribución porcentual de la población de 0 a 14 años según las principales enfermedades de vigilancia epidemiológica 2010
Mortalidad
Datos del Consejo Nacional de Población (Conapo) señalan que en 2010 fallecen 14.2 niños menores de un año por cada mil nacimientos, cifra cinco veces menor a la registrada en 1970 (69 defunciones por cada mil). En Guerrero, Chiapas y Oaxaca, la tasa de mortalidad sobrepasa las 17 defunciones por cada mil y la brecha observada entre las entidades con la mayor (Guerrero) y menor (Nuevo León) tasa es de 10 defunciones por cada mil nacimientos.
En 2010 las estadísticas de mortalidad registraron 41 mil defunciones de niños menores de 15 años, siete de cada diez ocurrieron antes de que el niño cumpliera el año de edad y las principales causas de muerte son las afecciones originadas en el periodo perinatal (49.8 por ciento), seguidas de malformaciones congénitas deformidades y anomalías cromosómicas (22.4 por ciento) y neumonía (4.3 por ciento).
Distribución porcentual de las principales causas de muerte de la población de 0 a 4 años por grupos de edad 2010
De los niños menores de 15 años que fallecieron en 2010, 13.8 por ciento fueron niños en edad preescolar (1 a 4 años) y 15.8 por ciento en edades escolares (5 a 14 años). En los primeros, las tres principales causas de muerte son las malformaciones congénitas deformidades y anomalías cromosómicas (15.1 por ciento), los accidentes relacionados con el transporte (8 por ciento) y la neumonía (6.7 por ciento);
Población menor de 18 años en pobreza multidimensional 2010
Discapacidad
Con base en los resultados del cuestionario ampliado del Censo de Población y Vivienda 2010 se identificó en el país a 5.7 millones de personas con alguna limitación en el desempeño de actividades de la vida cotidiana (discapacidad), de los cuales, 520 mil (es decir, 9.1 por ciento) es población entre 0 y 14 años de edad. De ellos, la mayoría son hombres (58.3 por ciento).
En relación con el total de niños del país, la muestra censal de 2010 reporta que 1.6 por ciento de ellos presentan discapacidad. Las entidades federativas que rebasan el promedio nacional, con valores entre 1.9 y 2.1 por ciento, son Chihuahua, Nayarit, Durango, Tabasco y Guanajuato. Por el contrario, las entidades que están por debajo de tal valor son Coahuila, Guerrero y Baja California Sur con porcentajes entre 1 y 1.3 por ciento.
La discapacidad más frecuente entre la población de 0 a 14 años, según la muestra censal de 2010, es la limitación para caminar, moverse y subir o bajar escaleras, con un 29.5 por ciento de casos; le siguen las limitaciones para: hablar o comunicarse (28.3 por ciento), mental (19.3 por ciento), ver (17.8 por ciento), poner atención (15.9 por ciento), escuchar (7.4 por ciento) y, finalmente, la limitación para vestirse, bañarse o comer (7.3 por ciento).
En la población infantil, los problemas derivados del nacimiento son la principal causa de discapacidad en todos los tipos (67.4 por ciento); en segundo lugar, se ubican la discapacidad por: enfermedad (17.8 por ciento) y después, otra razón no definida (6.4 por ciento), accidentes (4.9 por ciento); y existen 3.4 por ciento de los casos que no especificaron su origen.
Cabe señalar que las causas de tipo congénita o derivadas del nacimiento tienen un mayor peso en las limitaciones mentales (74.7 por ciento), de comunicación (74.7 por ciento) y de atención (68.5 por ciento) que en las dificultades para ver, oír, vestirse o caminar; en cambio, en estas últimas, las enfermedades y los accidentes tienen una mayor importancia. En la discapacidad para ver, la enfermedad explica una cuarta parte (25.3 por ciento) de los casos; para la discapacidad para caminar, 7.5 por ciento de los casos tienen su origen en los accidentes.
Porcentaje de la población de 0 a 14 años con discapacidad por tipo de discapacidad según causa de la misma
Conocer las características educativas de los niños con discapacidad permite identificar el nivel de acceso y permanencia que tienen en comparación con los niños que no presentan discapacidad. Los niños de 3 a 14 años con discapacidad asisten a la escuela en menor proporción que los niños sin discapacidad. De acuerdo con los datos de la muestra censal en 2010, 84 de cada 100 niños sin discapacidad asisten a la escuela, mientras sólo 73 lo hacen en el caso de los que tienen discapacidad.
Porcentaje de la población de 3 a 14 años de edad que asiste a la escuela por condición de discapacidad según sexo2010
Hablantes de lengua indígena
En 2010 se censaron a 1.5 millones de niños de 3 a 14 años que hablan lengua indígena. Respecto al total de hablantes de lengua indígena, la población infantil de 3 a 14 años representa 22.4 por ciento; se observa que en 35 de las 89 lenguas indígenas clasificadas en el censo11 esta proporción es menor al 10 por ciento, lo que evidencia un proceso de pérdida de la lengua indígena en las generaciones más recientes.
Hogares
En México, según datos censales de 2010, hay 28.2 millones de hogares, de ellos 58.7 por ciento tienen al menos un integrante menor de 15 años y prácticamente todos son de tipo familiar (99.9 por ciento).
Los hogares familiares encuentran su fundamento en las relaciones de parentesco, hay casos en los que el jefe convive sólo con sus hijos (hogar monoparental), o bien, convive con sus hijos y su cónyuge (biparental), en conjunto, a estos hogares se les denomina nucleares y representan 66.9 por ciento del total de los hogares familiares donde hay al menos un niño de 0 a 14 años. Otra conformación de los hogares familiares son los ampliados o compuestos, es decir, hogares donde además de los padres, hijos y cónyuges, cohabitan otros parientes o personas que no tienen parentesco con el jefe del hogar, los cuales representan 31.8 por ciento de los hogares familiares donde hay al menos un menor de edad. En 40.6 por ciento de los hogares ampliados y compuestos se da la convivencia de un niño y un adulto mayor.
En 2010, en uno de cada cinco hogares donde hay al menos un niño de 0 a 14 años, el jefe del hogar es una mujer, la mayoría de éstas (54.4 por ciento) se encuentran separadas, divorciadas o viudas, 12.9 por ciento son solteras y 32.6 por ciento la jefa del hogar está casada o en unión libre, aunque habría que señalar que más de la tercera parte de estos hogares (35 por ciento) el cónyuge no reside en el hogar. El cuestionario ampliado del censo de 2010 brinda la oportunidad de identificar a los padres del niño al interior de los hogares; 73.5 por ciento cohabita en el hogar con ambos padres, 15.9 por ciento sólo con la madre, 1.1 por ciento sólo con el padre y 3.3 por ciento ninguno reside en la vivienda12
Distribución porcentual de la población de 0 a 14 años de edad por condición de residencia de los padres
Vivienda
Conforme a datos censales de 2010, 33.6 por ciento de los niños menores de 15 años habitan viviendas que presentan una o más carencias materiales, es decir, 10.1 millones de niños(as) viven en esta situación. La carencia por espacio en la vivienda es la más común, 30.9 por ciento de los niños habita una vivienda con un hacinamiento de 2.5 o más personas por cuarto; 7.1 por ciento reside en viviendas con piso de tierra, 3.1 por ciento en viviendas con techos de lámina de cartón o desechos y 1.8 por ciento lo hace en viviendas con muros de embarro o bajareque; de carrizo, bambú o palma; de lámina de cartón, metálica o asbesto; o material de desecho.
Porcentaje de población de 0 a 14 años con carencias de calidad y espacio de vivienda según tipo de carencia
Los criterios propuestos por Conavi para considerar a la vivienda con carencia por servicios básicos es que se presente al menos una de las siguientes características:
El agua se obtiene de un pozo, río, lago, arroyo, pipa, o bien, el agua entubada la obtienen por acarreo de otra vivienda, o de la llave pública o hidrante.
No cuentan con servicio de drenaje o el desagüe tiene conexión a una tubería que va a dar a un río, lago, mar, barranca o grieta.
No disponen de energía eléctrica.
El combustible que se usa para cocinar o calentar los alimentos es leña, carbón o petróleo.
Porcentaje de la población de 0 a 14 años con carencias de servicios básicos en la vivienda según tipo de carencia
El 35.2 por ciento de los niños del país en 2010 habitaba en viviendas que presentaban una o más carencias por servicios básicos, es decir, 11.2 millones de niños vivían en esa situación. El principal servicio del que carecen las viviendas donde residen los menores es el tipo de combustible para cocinar, en 23.7 por ciento de los casos el principal combustible es la leña, el carbón o el petróleo. El drenaje no conectado a la red pública o a una fosa séptica, ocupa el segundo lugar en la carencia de servicios en la vivienda (16.8 por ciento); la tercera son viviendas sin agua entubada dentro de la vivienda o dentro del terreno (13.4 por ciento) y dada la cobertura casi universal de viviendas con servicios de electricidad, ésta es la última carencia de las viviendas donde habita un niño menor de 15 años (3 por ciento).
Decreto por el que se reforma y adiciona, la fracción II del Apartado B, del artículo 2o., el primer párrafo y la fracción V del artículo 3o., el párrafo octavo del artículo 4o., la fracción I del artículo 31, la fracción XXV del artículo 73, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho de los niños y niñas, de pueblos indios y de educación inicial
Primero.
Se adiciona la fracción II del Apartado B, del Artículo 2o.,de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Dice:
Artículo 2o.
...
B
...
II. Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación, básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior. Establecer un sistema de becas para los estudiantes indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación.
...
Debe decir:
Artículo 2o. La nación mexicana es única e indivisible
...
B
...
II. Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la educación inicial, la alfabetización, la conclusión de la educación, básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior. Establecer un sistema de becas para los estudiantes indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación.
Segundo.
Se reforma y adiciona el primer párrafo y la fracción V del artículo 3o.
Dice:
Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; estay la media superior serán obligatorias.
...
V. Además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos –incluyendo la educación superior– necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura;
Debe decir:
Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios–, impartirá educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación inicial comprenderá desde el nacimiento del niño y niña hasta los 4 años; la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; la educación inicial, la básica y la media superior serán obligatorias.
...
V. Además de impartir la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos –incluyendo la educación superior– necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura;
Tercero
Se adiciona el párrafo octavo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Dice:
Artículo 4o.
...
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Debe decir:
Artículo 4o.
...
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, desde su nacimiento. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Quinto.
Se reforma y adiciona el primer párrafo de la Fracción I del Artículo 31, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Dice:
Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
1. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación, preescolar, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.
Debe decir:
Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
1. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación inicial,preescolar, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.
Sexto.
Se reforma y adiciona la fracción XXV del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Dice:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
...
XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República. Los Títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República. Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma.
Debe decir:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
...
XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, de educación inicial,elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República. Los Títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República. Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma.
Séptimo.
Quedan derogados todos los ordenamientos que se opongan al presente decreto.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La autoridad educativa federal deberá, a la entrada en vigor del presente decreto, instalar comisiones técnicas y de consulta con las demás autoridades educativas del país que resulten pertinentes, para iniciar un proceso tendiente a la unificación estructural, curricular y laboral de los cinco niveles constitucionales obligatorios, en un solo nivel de educación básica integrada.
Tercero. La autoridad educativa federal, a la entrada en vigor del presente decreto, instalará comisiones técnicas y de consulta con las demás autoridades educativas del país que resulten pertinentes, para iniciar un proceso tendiente a la revisión de los planes, programas y materiales de estudio, para establecer, en el ejercicio de sus funciones constitucionales, los nuevos programas de estudio de la educación inicial obligatoria para todo el país, así como preparar al personal docente, auxiliar, técnico y directivo de este nivel, de acuerdo a la nueva realidad educativa que surge de este decreto.
Cuarto. Con el objeto de impulsar la equidad en la calidad de los servicios de educación inicial en el país, la autoridad educativa deberá preveer lo necesario para dar cumplimiento a lo que se dispone el artículo 2o. De la Ley Reglamentaria del artículo 5º constitucional en materia de profesiones, en el sentido de que necesita título para su ejercicio, sin perjuicio de los derechos adquiridos de quienes a la fecha imparten este nivel educativo.
Quinto. La educación inicial será obligatoria para todos en los siguientes plazos: en el primer año de educación inicial a partir del ciclo 2014-2015: el segundo año de educación inicial, a partir del ciclo 2015-2016; el tercer año de educación inicial, a partir del ciclo 2016-2017. En los plazos señalados, el Estado mexicano, habrá de universalizar en todo el país, con calidad, la oferta de este servicio educativo.
Sexto. Los presupuestos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales incluirán los recursos necesarios para: la construcción, ampliación y equipamiento de la infraestructura suficiente para la cobertura progresiva de los servicios de educación inicial; con sus correspondientes programas de formación profesional del personal docente, técnico y auxiliar, así como de dotación de materiales de estudio gratuito para maestros, alumnos y padres y madres de familia. Para las comunidades rurales e indígenas alejadas de los centros urbanos y las zonas donde no haya sido posible establecer infraestructura para la prestación del servicio de educación inicial, las autoridades educativas federales, en coordinación con las locales, establecerán los programas especiales que se requieran y tomarán las decisiones pertinentes para asegurar el acceso y las condiciones de los educandos a los servicio de educación preescolar.
Séptimo. Los gobiernos estatales y del Distrito Federal celebrarán con el gobierno federal convenios de colaboración que les permita cumplir con la obligatoriedad de la educación inicial en los términos establecidos en los artículos anteriores.
Octavo. Los planteles en los que se imparta educación inicial deberán reunir las condiciones óptimas y contar con los materiales necesarios que determinen los especialistas asignados para ello y para proporcionar alimentación, salud, atención física y psicológica y la educación inicial a los niños, niñas y la capacitación a las madres y padres de familia. Serán construidas de acuerdo con las necesidades ambientales, sociales y culturales propias de los niños y niñas y de acuerdo con su entorno cultural. Deberán contar con personal suficiente especializado, y docente, para una enseñanza de calidad.
Noveno. Al entrar en vigor el presente decreto, deberán impulsarse las reformas y adiciones a la Ley General de Educación y demás disposiciones legales aplicables en la materia.
Bibliografía
Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI). XI Censo General de Población y Vivienda 1990. México, INEGI, 1992.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Censo de Población y Vivienda 2010. Cuestionario básico. Consulta interactiva de datos. México, Inegi, 2011.
Censo de Población y Vivienda 2010. Cuestionario ampliado. Base de datos. México, Inegi, 2011.
Estadísticas de mortalidad. Consulta interactiva de datos. México, Inegi, 2011.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía y Secretaría del Trabajo y Previsión Social (Inegi-STPS). Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo. Módulo de trabajo infantil 2009. Base de datos. Cuarto trimestre. México, Inegi, 2010.
Secretaría de Salud. Base de datos de egresos hospitalarios 2009. México, SSA, 2010.
Sistema de Información sobre Nacimientos. Base de datos 2010. México, SSA, 2011.
Secretaría de Salud-Dirección General de Epidemiología. Anuarios de Morbilidad 1984-2010. México, Ssa, 2012.
US, Census Bureau. American Community Survey 2010. Base de datos.
En el X Encuentro Internacional de Educación Inicial y Preescolar y Congreso Internacional Educación y Pedagogía Especial, realizados en julio en La Habana, promovidos por la UNESCO. Informe Regional de Monitoreo del progreso hacia una Educacio?n de Calidad para Todos en Ame?rica Latina y el Caribe, EPT 2012, elaborado por la Oficina Regional de Educacio?n para Ame?rica Latina y el Caribe de la UNESCO, en colaboracio?n con el Instituto de Estadi?sticas de la UNESCO.
Conferencia impartida por Miguel Llivina, oficial del programa de Educación de la Oficina Regional de Cultura para América Latina y el Caribe
Notas
1 José Íñigo Aguilar Medina, Abril de 2011.
2 Grantham-McGregor, Walker y otros, 2007
3 Dinámicas domésticas y alimentación en la niñez en un área rural de extrema pobreza de México
4 Los bajos ingresos familiares generan un círculo vicioso entre la pobreza y la mala calidad de vida de la población.
1. Dos terceras partes del presupuesto familiar se dedican a la alimentacio?n, el transporte y la educacio?n (65.5 por ciento). Para los cuidados me?dicos, el vestido y la vivienda se dedica solamente 18.4 por ciento del total (Figura 7). La pobreza es causa y efecto de las enfermedades, la discapacidad y la baja productividad. Estos son temas que deben incluirse en el planteamiento de programas de salud, debido a que los diferentes modelos de atencio?n tienen relacio?n con la ge?nesis de los problemas de salud-enfermedad, incluyendo a la respuesta social organizada.
2. Existe un indicador econo?mico importante para las familias que es la calidad de la vivienda. En Me?xico existe una relacio?n directa entre la calidad de la vivienda y la pobreza: familias con menores ingresos, con hijos pequen?os y con mujeres al frente de la familia; sobre todo adolescentes migrantes. Esto convierte a casi un 9 por ciento de la poblacio?n en personas vulnerables con pobreza extrema, en las cuales la enfermedad es un componente incluido en la mala calidad de vida.
La Jornada 26 de mayo 2012
6 (CONPES 109, Colombia por la Primera Infancia, Diciembre 2007)
7 Velázquez Quintana, N. I., MasudYunesZárraga, J. L. y Ávila Reyes, R. “Recién nacido con bajo peso; causas, problemas y perspectivas a futuro”, en: Boletín Médico del Hospital Infantil de México, Vol. 6, Núm. 1, 2004, pp. 73-86.
8 Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia [UNICEF]. Progreso para la infancia. Un balance sobre la nutrición. Número 4. Nueva York, UNICEF, 2006. http://www.unicef.org/spanish/progressforchildren/2006n4/files/PFC4_SP_ 8X11.pdf, marzo de 2012.
9 Cruz Hernández, J., Hernández García, P., Yanes Quesada, M., Rimbao Torres, G., Lang Prieto, J. y Márquez Guillén, A. “Macrosomía neonatal en el embarazo complicado con diabetes”, en: Revista Cubana de Medicina Integral General. Vol.24, Núm. 3, 2008, pp. 1-20.
10 Martínez, J.L., y Pardo, J. “Macrosomía fetal: ¿Riesgo perinatal?”, en: Revista Médica de Clínica Las Condes.
Volumen 14, Número 2, 2003, páginas 1 a 6.
11 Se consideraron sólo las 89 lenguas especificadas en el censo.
12 La proporción de casos no especificados es del 6.2 por ciento.
Dado en el salón legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2013.
Diputada Roxana Luna Porquillo (rúbrica)