Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Puebla a reconsiderar la demanda presentada contra Fabián Gómez Hernández y Adrián Ruiz, director del portal Contraparte Informativa y columnista de El Heraldo de Puebla, respectivamente; y a encabezar un diálogo que exprese la tolerancia a la crítica y sea un avance en defensa de la libertad de expresión, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, Roxana Luna Porquillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta ante esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El 22 de febrero de 2011, entre opiniones a favor y en contra y sin realizar los foros solicitados por los trabajadores de los medios, el Congreso de Puebla aprobó, con 40 votos a favor y 1 abstención (del Partido del Trabajo), la despenalización del “daño moral”, como la figura legal que engloba los llamados “delitos de prensa”, difamación y calumnia, y colocarlos en el rango civil, para que los “infractores” ya no paguen con cárcel su “falta” sino que sea por medio de una sanción económica fijada por un Juez, quien a su criterio “castigue” con un monto económico al periodista. Empero, la sanción económica puede tan alta que lo despoje de su patrimonio.
La iniciativa fue presentada al congreso por el gobernador Rafael Moreno Valle Rosas. Éste pretendía definir como daño moral la “afectación que una persona sufre en su prestigio, sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos” y dar la responsabilidad en la obligación del derecho de réplica al periodista y no al medio. Finalmente, la iniciativa tuvo algunos cambios.
Los diputados también aprobaron que el monto máximo de la sanción por “daño moral” sea de 3 mil días de salario mínimo (170 mil 100 pesos de acuerdo con el tabulador 2011 para la zona C). Además, un artículo transitorio que obliga al Congreso del estado a legislar en un periodo no mayor de seis meses una “ley de responsabilidad civil sobre la personalidad para puntualizar los derechos al honor, vida privada y propia imagen”.
Esta propuesta fue calificada como “ley mordaza” y en las redes sociales llegó hasta la creación de unhashtag: #rafamordaza.
Esta reforma –señalaron algunos trabajadores de los medios– dejó abierta la posibilidad de un mecanismo de autocensura que, sin una regulación, es el juez quien establece la sanción económica a su arbitrio, que puede ser estratosférica, de tal magnitud que será imposible que el sancionado la pueda pagar.
Pues bien, y... la “ley mordaza” funcionó.
El director de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Poder Ejecutivo local, Sergio Ramírez Robles, tramitó las querellas en que se asienta que Fabián Gómez Hernández, director del portalContraparte Informativa, y Adrián Ruiz, columnista del periódico El Heraldo de Puebla, violaron los artículos 1958 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, y 6o. y 7o. de la Constitución General de la República, y de que, fuera de contexto, insultaron a funcionarios del gobierno de Puebla”. Que varios funcionarios han “soportado” durante año y medio “humillaciones e insultos”. Los acusados han publicado que Moreno Valle es intolerante ante la crítica y pretende imponer una relación autoritaria entre el gobierno, los medios de comunicación y los periodistas.
“Sobrepasaron –dice la querella– los límites del libre ejercicio del periodismo y abusaron de la libertad de expresión en perjuicio del honor del gobierno a través de la humillación de funcionarios públicos”. Los medios han filtrado que se trata de una lista en la que aparecen otros 17 periodistas que han criticado a la administración estatal, quienes podrían enfrentar acciones similares.
El gobierno de Puebla exige que el Poder Judicial declare a los informadores responsables “de daño moral causado por hecho ilícito, cometido en agravio de diversos funcionarios del gobierno estatal” y que “por vía de reparación del daño moral, (se ordene) la publicación de un extracto de la sentencia que se dicte en el presente juicio, en la cual se declare la existencia de la responsabilidad civil”.
Consideramos preocupante que se demande a periodistas, pues es evidentemente un rasgo de autoritarismo, que inhibe el ejercicio pleno de la libertad de expresión y la pluralidad, exigido por un régimen democrático. Los funcionarios públicos, por tener esa calidad, son parte de la observación y crítica permanentes, y de ellos lo que se espera es precisamente tolerancia a la crítica. Este tipo de gobernadores no sólo no ve ni oye la crítica y las observaciones de los opinadores públicos sino que ahora, como gobierno, un funcionario introduce una querella en nombre de todo un gobierno y del conjunto del aparato estatal, exigiendo una reparación del daño, posiblemente pretendiendo que los informadores rectifiquen diciendo que el gobierno “ha cumplido todas las promesas que ha anunciado.”
No es una demanda individual, de una persona física que alega un daño específico, sino una acusación de un funcionario público que sale en defensa de su jefe, el gobernador y de todos los demás funcionarios públicos y, por su carácter, obviamente, los juzgados deben desechar las querellas.
“La atribución del vocero de tramitar demandas en nombre del gobernador o de funcionarios de gobierno es inconstitucional –han dicho públicamente los especialistas–. Los derechos a la personalidad, la vida privada, el honor y la propia imagen son personalísimos; sólo quien considera que se violó su derecho puede demandar. El decreto que concede facultades al vocero no puede estar por encima de la Constitución”. Además, sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación expresamente concluyen que “el derecho a la información está por encima de los personales de los funcionarios públicos, quienes son personalidades que permanentemente son observados en su actuar como tales y que tienen por obligación entablar una relación pública con la sociedad”.
Los medios de comunicación han informado que los otros periodistas amenazados con la demanda son
1. Adrián Ruiz (El Heraldo de Puebla);
2. Selene Ríos Andraca (Central);
3. Salvador Ríos (El Sol de Puebla);
4. Fabián Gómez (Contraparte Informativa);
5. Enrique Núñez Quiroz (Intolerancia Diario);
6. Álvaro Delgado (Proceso);
7. Iván Tirzo (El Sol de Puebla);
8. Alejandro Mondragón Quintero (Status);
9. Valentín Varillas (Status);
10. Rodolfo Ruiz Rodríguez (e-consulta);
11. Fernando Pérez Corona (e-consulta);
12. Ricardo Morales (Intolerancia Diario);
13. Jorge Castillo (Intolerancia Diario);
14. Cirilo Calderón (El Sol de Puebla);
15. Carlos Macías Palma (El Popular);
16. Eduardo Rivera Santamarina (Unomásuno);
17. Fermín Alejandro García (La Jornada de Oriente);
18. Fernando Maldonado (Periódico Digital); y
19. Arturo Rueda (Cambio).
Ante tales hechos, se pone a consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular Poder Ejecutivo de Puebla a reconsiderar la demanda presentada contra los periodistas, Fabián Gómez Hernández, director del portal Contraparte Informativa, y Adrián Ruiz, columnista de El Heraldo de Puebla, y a encabezar un diálogo que exprese la tolerancia a la crítica y sea un avance en defensa de la libertad de expresión.
Palacio Legislativo, a 15 de noviembre de 2012.
Diputada Roxana Luna Porquillo (rúbrica)
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